H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla - LXI Legislatura
Primer año de Ejercicio Constitucional
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Contraloría Interna
La Contraloría Interna es el Órgano Técnico – Administrativo que tiene como objetivo principal supervisar y verificar el cumplimiento de la normatividad, políticas y disposiciones administrativas aplicables en la administración de los recursos humanos, materiales y financieros, que garanticen el adecuado ejercicio del presupuesto asignado.

Fundamento Legal
1. Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla.
  • ARTÍCULO 61.- El Congreso del Estado funciona en Pleno y para el conocimiento, análisis y resolución de los asuntos de su competencia, éste se organiza de conformidad con lo siguiente:
     
    I.-   Órganos Legislativos.
    II.-  Órganos de Representación.
    III.- Órganos Técnicos Administrativos:
    a) Contraloría Interna del Congreso; dependiente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política;
     
    ARTÍCULO 201.- El Congreso del Estado contará con una Contraloría Interna, Dependencia encargada de recibir quejas, denuncias e inconformidades de orden administrativo y substanciar los procedimientos de responsabilidad que en esa materia deban instaurarse en contra de los servidores públicos del Congreso del Estado, así como intervenir en los procedimientos de entrega-recepción administrativa conforme a ésta y demás leyes de la materia, recibir para su conocimiento los manuales operativos de las Dependencias y, en su caso, auxiliarlas en la elaboración de los mismos.

    El Titular de la Contraloría Interna del Congreso será nombrado o removido por la mayoría absoluta del Pleno a propuesta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política.

    El Titular de la Contraloría Interna del Congreso desempeñará su encargo por el periodo de una Legislatura y podrá ser ratificado.
     
    ARTÍCULO 202.- La Contraloría Interna del Congreso orgánicamente dependerá de la Junta de Gobierno y Coordinación Política y tendrá las siguientes atribuciones:
     
    I.- Proponer y aplicar las normas y criterios internos en materia de revisión, evaluación y control que deban observar los Grupos y Representaciones Legislativas, Dependencias, Órganos, Coordinaciones y Unidades Administrativas que ejerzan recursos del presupuesto de egresos del Congreso del Estado;
     
    II.- Vigilar que las Dependencias y Unidades Administrativas cumplan con las políticas y programas establecidos por la Junta de Gobierno y Coordinación Política;
     
    III.- Vigilar los procedimientos, actos y contratos de adquisición de bienes y contratación de servicios que se lleven a cabo de conformidad con la Ley de la materia y su Reglamento Interior;
     
    IV.- Presentar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política un programa e informe anual sobre el cumplimiento de sus funciones o cuando le sea requerido;
     
    V.- Proponer recomendaciones y medidas preventivas o correctivas que estime convenientes para el desarrollo administrativo del Congreso del Estado y darles seguimiento;
     
    VI.- Vigilar la entrega de las declaraciones patrimoniales de los Diputados y servidores públicos del Congreso del Estado, conforme a la Ley de la materia y en su caso, requerir información adicional, así como realizar las investigaciones correspondientes;
     
    VII.- Recibir y dar seguimiento a las sugerencias, quejas y denuncias ciudadanas, con respecto a la actuación de los servidores públicos adscritos al Congreso del Estado;
     
    VIII.- Sustanciar los procedimientos disciplinarios por actos u omisiones de los servidores públicos al servicio del Congreso del Estado, aplicar las sanciones que correspondan en los términos que señale la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado, y en su caso, solicitar se formulen las denuncias correspondientes ante el Ministerio Público;
     
    IX.- Emitir las disposiciones, normas y lineamientos en el ejercicio de las atribuciones que conforme a las leyes competen a la Contraloría Interna del Congreso, previa autorización de la Junta de Gobierno y Coordinación Política; y
     
    X.- Las demás que expresamente le confieran los ordenamientos legales o que determine el Pleno.
     
    ARTÍCULO 203.- Para ocupar el cargo de Contralor del Congreso del Estado, se requiere:
     
    I.- Ser ciudadano mexicano en pleno goce de sus derechos civiles y políticos;
     
    II.- Contar con título profesional en alguna de las áreas económicas, contables, jurídicas o administrativas, legalmente expedido y contar con una experiencia profesional de cuando menos tres años en su ejercicio y actividades relacionadas con la fiscalización de recursos públicos;
     
    III.- No haber sido sentenciado ejecutoriamente por delito intencional que amerite pena privativa de libertad;
     
    IV.- No haber sido sentenciado por delitos patrimoniales o estar inhabilitado por cualquiera de los tres niveles de gobierno para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público; y
     
    V.- Tener los conocimientos, experiencia y capacidad de acuerdo al perfil del puesto.
2. Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla.
  • ARTÍCULO 214.- El Congreso del Estado contará con una Contraloría Interna, dependiente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, misma que estará a cargo de recibir quejas, denuncias e inconformidades de orden administrativo y substanciar los procedimientos de responsabilidad que en esa materia deban instaurarse en contra de los servidores públicos del Congreso del Estado, así como intervenir en los procedimientos de entrega-recepción administrativa conforme a la Ley de Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás leyes de la materia, recibir para su conocimiento los manuales operativos de las áreas administrativas y, en su caso, auxiliarlas en la elaboración de los mismos.

    El Titular de la Contraloría Interna tendrá un nivel jerárquico equivalente al de Director General.
     
    ARTÍCULO 215.- La Contraloría Interna, contará con el número de servidores públicos que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con los ordenamientos aplicables.

    En su desempeño la Contraloría Interna se sujetará a los principios de imparcialidad, legalidad, objetividad, certeza, honestidad, exhaustividad y transparencia.
     
    ARTÍCULO 216.- El Contralor Interno podrá ser sancionado conforme a lo establecido en el presente Reglamento, también por las causas graves de responsabilidad administrativa siguientes:
     
    I.- Utilizar en beneficio propio o de terceros la documentación e información confidencial en los términos del presente Reglamento y de la legislación en la materia;
     
    II.- Dejar sin causa justificada, de fincar responsabilidades o aplicar sanciones pecuniarias, en el ámbito de su competencia cuando esté debidamente comprobada la responsabilidad e identificado el responsable como consecuencia de las revisiones e investigaciones que realice en el ejercicio de sus atribuciones;
     
    III.- Sustraer, destruir, ocultar o utilizar indebidamente la documentación e información que por razón de su cargo tenga a su cuidado o custodia o que exista en la Contraloría Interna, con motivo del ejercicio de sus atribuciones;
     
    IV.- Conducirse con parcialidad en los procedimientos de supervisión e imposición de sanciones a que se refiere este reglamentación; y
     
    V.- Incurrir en alguna de las infracciones mencionadas en el presente Reglamento.

    A solicitud de algún Diputado, la Junta de Gobierno y Coordinación Política resolverá sobre la aplicación de las sanciones al Contralor Interno, este podrá ser removido del cargo por causas graves de responsabilidad administrativa, debiendo garantizar el derecho de audiencia al afectado. La remoción requerirá del voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes en la sesión.
     
     
    ARTÍCULO 217.- La Contraloría Interna para el debido cumplimiento de las atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla, tendrá además las siguientes:
     
    I.- Proponer para su aprobación por la Junta de Gobierno y Coordinación Política los criterios para la realización de las auditorías, procedimientos, métodos y sistemas necesarios para la revisión, evaluación y control de los recursos a cargo de los Órganos Legislativos y Técnico Administrativos que ejerzan recurso del presupuesto de egresos del Congreso;
     
    II.- Proponer junto con la Dirección General de Administración y Finanzas para su aprobación por la Junta de Gobierno y Coordinación Política las normas, procedimientos, métodos y contabilidad y de archivo, de los libros y documentos justificativos y comprobatorios del ingreso y del gasto, así como aquellos elementos que permitan la práctica idónea de las auditorías y revisiones, que realice en el cumplimiento de sus funciones;
     
    III.- Evaluar los informes de avance de la gestión financiera respecto de los programas autorizados y los relativos a procesos concluidos;
     
    IV.- Evaluar el cumplimiento de los objetivos y metas fijadas en los programas de naturaleza administrativa contenidos en el Presupuesto de Egresos del Congreso del Estado;
     
    V.- Verificar que las diversas áreas administrativas del Congreso del Estado que hubieren recibido, manejado, administrado o ejercido recursos, lo hagan conforme a la normatividad aplicable, los programas aprobados y montos autorizados, así como, en el caso de los egresos, con cargo a las partidas correspondientes y con apego a las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas conducentes;
     
    VI.- Proponer a la Junta de Gobierno y Coordinación Política, los lineamientos en materia de entrega-recepción administrativa conforme a la Ley de Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y demás leyes de la materia;
     
    VII.- Revisar que las operaciones presupuestales que realice el Congreso del Estado, se hagan con apego a las disposiciones legales y administrativas aplicables a estas materias;
     
    VIII.- Verificar las obras, bienes adquiridos o arrendados y servicios contratados, para comprobar que las inversiones y gastos autorizados se han aplicado, legal y eficientemente, al logro de los objetivos y metas de los programas aprobados;
     
    IX.- Proponer para su aprobación por la Junta de Gobierno y Coordinación Política los lineamientos, para instruir, desahogar y resolver los procedimientos administrativos respecto de las quejas que se presenten en contra de los servidores públicos del Congreso del Estado, y llevar el registro de los servidores públicos sancionados;
     
    X.- Investigar, en el ámbito de su competencia, los actos u omisiones que impliquen alguna irregularidad o conducta ilícita en el ingreso, egreso, manejo, custodia y aplicación de fondos y recursos del Congreso del Estado;
     
    XI.- Recibir denuncias o quejas directamente relacionadas con el uso y disposición de los ingresos y recursos del Congreso del Estado, por parte de los servidores públicos del mismo y desahogar los procedimientos a que haya lugar;
     
    XII.- Establecer los mecanismos de orientación y cursos de capacitación que resulten necesarios para que los servidores públicos del Congreso del Estado, cumplan adecuadamente con sus responsabilidades administrativas;
     
    XIII.- Presentar a la Junta de Gobierno y Coordinación Política el informe anual de resultados de su gestión y acudir ante la misma, cuando así lo requiera su Presidente; y
     
    XIV.- Las demás que le señalen la Junta de Gobierno y Coordinación Política, la Mesa Directiva, la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla o el presente Reglamento.
     
    ARTÍCULO 218.- Los Servidores Públicos adscritos a la Contraloría Interna y, en su caso, los profesionales contratados para la práctica de auditorías, deberán guardar estricta reserva sobre la información y documentos que conozcan con motivo del desempeño de sus facultades, así como de sus actuaciones y observaciones.

Actividades Relevantes

En este apartado podrás encontrar las actividades más importantes llevadas a cabo por la Contraloría Interna en esta Legislatura, para leer la información completa, sólo da clic en el elemento que te interese leer y se desplegará un breve informe así como la correspondiente Galería de imágenes.
1. Presentación de Informe de Actividades 2014.
  • La titular de la Contraloría Interna, Lic. María Catalina Daza Hernández, presentó ante los integrantes de la Junta de Gobierno y Coordinación Política el Informe de Actividades correspondiente al periodo Julio 2014 a Enero de 2015; dando cumplimiento así a lo señalado en los Artículos 202 fracción IV de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Puebla y 217 fracción XIII del Reglamento Interior del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla.

    Durante la exposición del informe, se destacó el enfoque preventivo de la Contraloría a través de dos líneas de acción: Desarrollo Administrativo y Participación Preventiva, mediante las cuales se desarrollaron diversas actividades como la actualización de los manuales administrativos, de la normatividad para el ejercicio del presupuesto del Congreso del Estado y la elaboración de los lineamientos generales en materia de auditorías.

    También se informó de la intervención de la Contraloría Interna en los actos de Entrega-Recepción dando así cumplimiento a las disposiciones administrativas vigentes y la participación de la misma en las sesiones del Comité de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios.

2. Actualización y Aprobación de Manuales Administrativos.
  • Durante el mes de septiembre de 2014, la Contraloría Interna del Honorable Congreso del Estado llevó a cabo una capacitación para el personal y los Directores de los Órganos Técnico-Administrativos, acerca de la metodología necesaria para la elaboración de los manuales de organización y procedimientos con el objetivo de actualizar las funciones y procesos sustantivos que permitan mejorar el desarrollo de sus actividades diarias.

    La capacitación formó parte de un Plan de Acción, en el cual se estableció también la realización de asesorías, supervisiones y seguimiento de los trabajos efectuados por las áreas respecto a este tema, lo que dio como resultado que durante el tercer Periodo de Sesiones, dichos manuales administrativos fueran aprobados mediante acuerdo de la Mesa Directiva.

    Gracias a este trabajo conjunto todos los Órganos Técnico-Administrativos tienen identificados sus procesos, con los cuales se eficientan las operaciones; al tener sistematizado el conocimiento necesario para desempeñar sus actividades de manera ordenada y homogénea.

3. Taller de Entrega-Recepción.
  • Durante el mes de marzo de 2015, la Contraloría Interna del Honorable Congreso del Estado en cumplimiento a sus atribuciones, organizó el taller de capacitación denominado “Proceso de Entrega-Recepción” que tuvo como objetivo dar a conocer al personal de los Órganos Técnico- Administrativos las generalidades del proceso de entrega - recepción, mediante la explicación de los criterios y procedimientos a seguir que aseguren una transición ordenada y transparente.

    El taller contó con la presencia de los Jefes de Área, Coordinadores, Directores Generales y el Secretario General quien resaltó la importancia de la realización de estos eventos.

    Durante el taller, la Licenciada María Catalina Daza Hernández Contralora Interna, expuso de manera detallada cómo se realiza el proceso de entrega-recepción, quienes están obligados a participar, como deben ser requisitados los formatos de acta y anexos y cuáles son las responsabilidades tanto de los titulares salientes como entrantes.

    Los participantes expusieron sus dudas las cuales fueron resueltas por la Contralora, quien les reitero la disposición del Órgano de Control Interno para brindar las asesorías correspondientes y dar cabal cumplimiento a lo establecido en las disposiciones normativas correspondientes.

4. Taller de Blindaje Electoral: "Prevención de Delitos Electorales"
  • De cara a la próxima jornada electoral que se celebrará el próximo 7 de junio en el Estado de Puebla, la Contraloría Interna del Honorable Congreso del Estado, impartió el taller en materia de blindaje electoral denominado Prevención de Delitos Electorales al personal administrativo que labora en este recinto legislativo.

    El Diputado Carlos Martínez Amador, Presidente de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, encabezó la inauguración del acto, destacando la importancia sustancial de contribuir a una cultura de la prevención, así como garantizar el respeto a las leyes que rigen el próximo proceso electoral.

    Durante el taller se abordaron distintos temas tales como: marco jurídico en materia electoral, delitos electorales, sanciones penales y administrativas y recomendaciones generales para evitar incurrir en estas conductas.


    La finalidad de dicho taller es que las actuaciones de los servidores públicos del Congreso del Estado, se orienten a la prevención, sanción y erradicación de los delitos electorales.