H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla - LXI Legislatura
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Aprueba LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla Decreto en materia de prisión preventiva oficiosa

Viernes, 08 Marzo 2019 23:14

6 de marzo, 2019
BOLETÍN DE PRENSA 395

Aprueba LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla Decreto en materia de prisión preventiva oficiosa

• Grupos Legislativos se congratularon por adherir al catálogo de delitos graves el abuso sexual a menores, feminicidio, robo de hidrocarburos y de transporte, así como el uso de programas sociales con fines electorales

• Las autoridades en materia de control tienen que encontrar evidencias que hagan probable la responsabilidad del imputado antes de que el juez dicte una medida cautelar, sostienen

Por mayoría de votos fue aprobado durante Pleno de la LX Legislatura del Congreso del Estado de Puebla el Decreto en materia de prisión preventiva oficiosa, por el cual se amplía el catálogo de delitos graves mediante la reforma del Artículo 19 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

La minuta Proyecto de Decreto que presentó la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales de este órgano colegiado fue enviada por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Durante el desarrollo de la sesión en el Pleno del Congreso del Estado, Mónica Lara Chávez, diputada por el Partido Encuentro Social afirmó que al ampliar el catálogo de delitos, los Ministerios Públicos podrán solicitar al juez la prisión preventiva como una medida cautelar que tiene como objeto prevenir que se substraigan del acto penal.

Por su parte, el diputado Marcelo García Almaguer, quien presentó su voto en contra del decreto, señaló que el dictamen pretende echar atrás las garantías ciudadanas frente al sistema penal, debilitando el sistema acusatorio y revivir así el modelo anterior.

El diputado Valentín Medel Hernández, del Partido del Trabajo, aseguró que adicionar al catálogo de delitos graves la comisión de abuso sexual a menores, así como el uso de programas sociales con fines electorales, entre otros, representa un importante avance para el combate a la delincuencia y la inseguridad.

Del Partido Acción Nacional, el legislador Oswaldo Jiménez López, aseguró que antes de que un juez dicte una medida cautelar, tanto el Ministerio Público como las autoridades en materia de control tienen que encontrar evidencias que hagan probable la responsabilidad del imputado.

El diputado Uruviel González Vieyra, del partido Compromiso por Puebla, pidió que con la reforma al Artículo 19 no se llegue a un tema de corrupción de quienes apliquen las reglas, por lo que aseguró que se mantendrán atentos y vigilantes del actuar de los servidores y funcionarios públicos involucrados.

La diputada Vianey García Romero, del partido Movimiento Regeneración Nacional, señaló que la reforma aprobada se protege la vida y seguridad de la ciudadanía al calificar como graves los delitos que más afectan a los mexicanos y a los poblanos, por lo que la reforma se hace con fines de impartición de justicia.

En su oportunidad el diputado Javier Casique Zárate, consideró que la iniciativa cumple con las expectativas al incluir en el catálogo los delitos del robo de hidrocarburos y al transporte que en Puebla específicamente, son más recurrentes en la zona del Triángulo Rojo, toda vez que el crecimiento del delito y la violencia desmedida se han relacionado al estancamiento económico y la distribución de ingresos.

Finalmente, el diputado Héctor Alonso Granados, quien pidió hacer el uso de la palabra afirmó que la gente ya no cree en las instituciones que imparten la justicia por lo que dio un voto de buena fe a la reforma del Artículo 19 y recuperar la confianza.

Al catálogo se agregan como delitos graves: el abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, robo de casa habitación, uso de programas sociales con fines electorales y corrupción -tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio abusivo de funciones-.

También incluye el robo al transporte de carga en cualquiera de sus modalidades, delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos o petroquímicos; delitos en materia de desaparición forzada de personas y desaparición cometida por particulares; delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del Ejército, la Armada y Fuerza Aérea.

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