H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla - LXI Legislatura
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Aprueban diputados solicitar la revisión de los dictámenes de al menos 500 cuentas públicas

Jueves, 04 Octubre 2018 15:46

3 de octubre, 2018

BOLETÍN DE PRENSA  038

Aprueban diputados solicitar la revisión de los dictámenes de al menos 500 cuentas públicas

+ El objetivo es garantizar que dichos resolutivos no fueron emitidos con criterios de control político

Con los votos en contra de los diputados del grupo parlamentario de la Coalición Por Puebla Al Frente, 25 votos a favor y 1 abstención, la LX Legislatura aprobó solicitar a la Auditoría Superior del Estado, la remisión de los dictámenes de las cuentas públicas que hayan sido analizadas en los últimos tres meses, bajo la responsabilidad de la anterior Legislatura, con la finalidad de garantizar que dichos resolutivos no hayan sido el resultado de presión política en contra de los sujetos fiscalizables.

Lo anterior con la finalidad de analizar a fondo dichas resoluciones del 1 de junio al 14 de septiembre de 2018 de los ayuntamientos, organismos autónomos y descentralizados, quedando fuera de este acuerdo, las cuentas públicas del Poder Ejecutivo, el Legislativo y el Judicial, así como de la Benemérita Universidad Autónoma de Puebla.

En su participación, la diputada Mónica Lara Chávez, quien a su vez es Secretaria de la Comisión Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, refirió que hoy, en esta Legislatura debe terminarse con el hecho de tomar la inspección de las cuentas públicas, como garrote político y tema de control hacia las autoridades municipales o titulares de organismos públicos descentralizados.

En tanto, la diputada Olga Lucía Romero Garci-Crespo acusó que diversas autoridades municipales a quienes se les aprobaron sus cuentas, no fueron tratadas por el Auditor Superior, con los mismos criterios que a quienes sí se les iniciaron procedimientos administrativos aun y cuando existan evidencias de una incorrecta aplicación de los recursos públicos.

Por su parte, los diputados del PRD, Armando García Avendaño; el del PAN Oswaldo Jiménez López  consideraron que si estos dictámenes ya fueron aprobados, deben considerarse como cosa juzgada, además de que no puede instruir a la Auditoría Superior del Estado a entregar la documentación solicitada.

Al respecto, Emilio Maurer aseguró que la ley es muy clara al referirse sobre las facultades que tiene el Congreso del Estado ante la Auditoría Superior del Estado; mientras que el diputado Javier Casique pidió que se esclarezcan los criterios bajo los cuales se analizarán los dictámenes solicitados.

El diputado Héctor Alonso Granados refirió que la Constitución Política del Estado de Puebla, establece en el artículo 39 que los titulares de las oficinas públicas, facilitarán a los diputados, toda la información que se requiera, salvo que lo establecido conforme la ley, deba permanecer en secreto y dejó en claro que no existe una ley por encima de la Constitución.

Finalmente José Juan Espinosa Torres y presidente de la Comisión Inspectora insistió que la LIX Legislatura aprobó cientos de cuentas públicas, fuera del calendario que establece la Ley de Fiscalización del Estado y aseguró que el interés de esta comisión y esta LX Legislatura “no somos selectivos ni vemos colores, es un dictamen que incluye a todos los ayuntamientos, a todos los órganos desconcentrados

Aseguró que en este momento no se están tocando las cuentas públicas del Poder Ejecutivo a pesar de tener aún observaciones de la Auditoría Superior de la Federación, ni de los otros dos Poderes del Estado, sino que el interés es garantizar que dichos dictámenes fueron realizados de manera correcta y no con fines políticos como al parecer ocurrió en pleno proceso electoral y después de la fecha de la elección, ciento de ellas fueron aprobadas en sesiones extraordinarias.

 

SE PROPONE HACER EXHORTO AL PRESIDENTE DEL TEEP

En asuntos generales de la orden del día, Gabriel Biestro Medinilla, coordinador del Grupo Legislativo de Morena de la LX Legislatura del Congreso del Estado, ante el pleno presentó un punto de acuerdo, en virtud del cual se exhorte a Fernando Chevalier Ruanova, presidente del Tribunal Electoral del Estado de Puebla (TEEP), a que se abstenga de realizar manifestaciones en las que, emitiendo opinión pública, implique prejuzgar respecto a su conocimiento.

Recordó que luego de que la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), ordenó la reapertura y recuento de la totalidad de las casillas computadas en la elección a gobernador del proceso electoral, obligado por la total ausencia de certeza y legalidad de los cómputos distritales celebrados para la elección a gobernador.

Citó que lo anterior causo gran estremecimiento a la fauna clase y jurídica en el Estado, no sólo porque partió de un triunfo jurídico por parte del equipo del candidato de la Coalición Juntos Haremos Historia, Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta, sino porque el Tribunal Federal demostró el compromiso con la asepsia que nuestra democracia tanto requiere y con el respeto, material, de la voluntad popular expresada en las urnas el pasado primero de julio.

No obstante lo anterior, y los evidentes señalamientos por parte de la máxima autoridad en materia electoral en el país al desaseo procesal con que han trabajado las autoridades en la materia en el Estado, en particular en el proceso electoral a gobernador, Biestro Medinilla acusó que el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado realizó, antes de ser debidamente notificado y a conciencia de ser un asunto sometido a su jurisdicción,  una declaración que manifiesta ante la opinión pública un prejuzgamiento respecto a los resultados obtenidos dentro del recuento ordenado por Sala Superior y que son materia a resolver por el TEEP en el proceso radicado con motivo de las inconformidades promovidas con motivo de la elección a gobernador en el proceso electoral ordinario 2017-2018.

Acusó que dichas manifestaciones se suman a muchas más en las que el mismo funcionario público ha externado opiniones al público en sentido incluso de prejuzgar quien sería el triunfador en el proceso electoral y que ha desembocado en un sin número de denuncias en su contra por no acatar los principios de imparcialidad, objetividad, legalidad, certeza y máxima publicidad; actuando siempre con sesgo a favor de la clase política anteriormente dominante.

Consideró importante emitir un pronunciamiento por parte de esta Soberanía, toda vez que el artículo 334, inciso e) del Código de Instituciones y Procesos Electorales del Estado Libre y Soberano de Puebla prohíbe de manera precisa a los miembros del Tribunal el emitir opiniones que impliquen prejuzgar sobre asuntos en su conocimiento; toda vez que la vulneración a dicha prohibición es causa de remoción del funcionario al cual se configure la misma.

Sentenció que en atención al pronunciamiento realizado por el magistrado Fernando Chevalier Ruanova con fecha primero de octubre de 2018 en el sentido de otorgar porcentajes de victoria a favor de una de las partes motivo de la impugnación en su conocimiento es necesario que la LX Legislatura del Congreso del Estado, como máxima soberanía en la entidad, de vista de lo anterior al Senado de la República para que en caso de que este órgano considere que dichas acciones son objeto de sanción realice el procedimiento correspondiente.